Todos sabemos que en los próximos días del 22 al 25 de febrero tendrá lugar en Barcelona el Mobile Word Congress (MWC).
Se trata del Congreso más relevante dentro del sector de las nuevas tecnologías ya que en él se presentan de manera internacional avances e innovaciones en comunicaciones inalámbricas y móviles, aplicaciones, softwares de última generación, nuevos diseños de dispositivo móvil y otros soportes informáticos y de comunicación, lo que implica que las patentes tecnológicas, los diseños industriales y otros derechos de propiedad intelectual e industrial están al acceso del público y también de los mismos competidores y participantes del congreso.
Los conflictos por competencia desleal y por infracción de los derechos de propiedad intelectual e industrial son frecuentes en este tipo de eventos en el que muchos de los titulares de los derechos ven como sus productos que, hasta ahora eran guardados en secreto, son plagiados u objeto de competencia desleal por otras empresas.
Por este motivo , dada la avalancha de reclamaciones que se dan durante las ferias tecnológicas, los Juzgados de lo Mercantil de Barcelona han abierto el protocolo para el MWC para atender de manera preferente las solicitudes de medidas cautelares urgentes que tengan por objeto patentes tecnológicas, diseños industriales, infracción de marcas y propiedad intelectual o actos de competencia desleal y publicidad ilícita respecto a los productos y materias que se expongan o exhiban durante el congreso para que la compañía retire el producto de la exposición.
Los Juzgados de Barcelona acuerdan resolver en dos días la solicitud de las medidas cautelares sin audiencia de la parte demandada desde su entrada en el Juzgado, y en un plazo máximo de 10 días para la resolución de las medidas con señalamiento de vista (con audiencia) desde la entrada en el Juzgado, siempre que se haya presentado un escrito preventivo.
Asimismo, ante el temor razonable de ser objeto de una solicitud de medidas cautelares sin audiencia, se admite la presentación de escritos preventivos ante los Juzgados con la finalidad de evitar que se adopten medidas cautelares sin la audiencia del demandado, lo que permite, que pueda defenderse exponiendo sus razones y pueda comparecer de manera inmediata en los Juzgados de lo Mercantil.
Para valorar la urgencia de las medidas sin audiencia, será determinante el comportamiento previo del demandante y la rapidez con la que haya reaccionado en el momento que conoció la supuesta infracción del competidor. De tal manera que será importante que se haya presentado las medidas cautelares con la mayor antelación posible para que de buena fe, no impida la audiencia del demandado si tuvo conocimiento con anterioridad de la posible infracción y hubiera podido presentar su solicitud con tiempo suficiente.
Este protocolo se aplica durante todo el año para cualquier congreso o feria donde estén implicados derechos de propiedad intelectual e industrial que puedan necesitar de una respuesta judicial de calidad, eficaz y dentro de un plazo razonable.