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COMPETENCIA DESLEAL : Uber vs Taxistas

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El Tribunal de lo Mercantil núm.. 3 de Barcelona ha decido consultar al TJUE para que se pronuncie sobre si la App UBER debe regirse por la leyes de transporte o si se trata de un negocio del ámbito de la sociedad de la información por lo que no precisa licencia para funcionar.

Hasta ahora Uber está prohibido y autorizado en distintos países de la UE pero  la decisión del TJUE tendrá fuerza de cosa juzgada por lo que será obligatoria para todos los órganos jurisdiccionales europeos. La App de Uber está en juego, no solo en algunos estados miembros sino en toda la UE.

El argumento que defiende Uber es que se trata  de una empresa de servicios de la sociedad de la información que ejerce de intermediadora entre conductores y pasajeros a través de una aplicación para móvil, con “el apoyo” de su filial española.

Por contra, la Élite Taxi le acusa de ser una “cooperadora necesaria” de una actividad que cae en la competencia desleal y el abuso de posición: “Los conductores de Uber no tienen licencia para transportar pasajeros y la compañía no paga ningún impuesto. Además, la firma se posiciona de manera fraudulenta en el mercado, propiciando que el consumo vaya hacia su lado” .

Los detractores de la App opinan que no estamos ante una “economía colaborativa” ( entendiéndose como tal: la actividad no comercial y gastos compartidos) ya que los conductores de Uber  son más bien chóferes bajo demanda, que sustituye totalmente a lo que es un taxi, que factura un importe correspondiente al trayecto sin compartir los gastos con el resto de los viajeros.

Se abre un nuevo debate porque independientemente que Uber sea ilegal o no, es cierto que existen miles de plataformas electrónicas que  emplean este modo de compartir, prestar, alquilar ya sea transporte, alojamiento, alimentación, etc.. como la plataforma holandesa dedicada a compartir comida que empezó siendo un grupo de WhatsApp y que cerrará el año con 100.000 miembros. Otras, son personas que alquilan su propio vehículo en varias  plataformas digitales  proporcionándole unos ingresos mensuales más que aceptables.

Es  obvio que la sociedad está cambiando y es obvio que las Administraciones Públicas tienen que adaptarse. El sector del taxi en España está fuertemente concentrado, existe un verdadero monopolio y no por ello los usuarios estamos más protegidos: ¿quién no se ha sentido engañado con precios abusivos o con recorridos innecesarios (especialmente turistas)?, ¿quién no considera los viajes vinculados al aeropuerto caros y controlados por estos taxis oficiales que cobran hasta por subir una maleta al guarda equipaje del coche?.  Además de que muchos taxistas subcontratan a personas que casi no conocen la ciudad ni hablan el idioma del país.

Si partimos de que la App Uber no entra dentro del concepto de “consumo colaborativo” por tener actividad comercial y fines lucrativos, ¿qué ocurre con otras plataformas digitales que comparten los gastos? ¿Es que acaso detrás de este consumo colaborativo no existe ánimo de lucro por pequeño que sea?.

Carmen Álvarez

Abogada

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